De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el 20 de diciembre es la fecha límite para que tu patrón te pague lo correspondiente a tu aguinaldo. En el artículo 87 menciona que todos los trabajadores tienen derecho a esta prestación. ¿No te lo pagaron? Así puedes demandarlos.
Recuerda que el aguinaldo equivale a 15 días de salario, por lo menos. La ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma. En caso de incumplimiento de manera completa o en gran parte de este, el patrón es acreedor a una multa.
¿Cómo denunciar si no te pagan el aguinaldo?
El trabajador cuenta con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes; es decir, Juntas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales y/o Tribunales Laborales Federales o Locales, y en su caso, los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda asesoría y representación en caso de incumplimiento del patrón con el pago del aguinaldo. Estos son sus vías telefónicas:
- 5998-2000, extensiones 447 40 y 447 41
- 8007172942.
La Profedet te brinda asesoría gratuita. Primero el abogado puede intentar una mediación entre el patrón y el trabajador antes de iniciar el proceso de demanda. Para iniciar con la demanda deberás acreditar la relación laboral que llevas con tu patrón y eso puede ser a través de un contrato, credencial de empleado y recibos de nómina.
Además, el pago de esta prestación no puede darse en especia, debe de entregarse en una sola exhibición no en partes.
¿Cuánto es la multa por no pagar el aguinaldo?
Si el patrón incumple con el aguinaldo, se contemplan sanciones de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización para este tipo de infracciones. La norma establece multas desde los 4 mil pesos hasta los 45 mil pesos.
Nota: Se considera incumplimiento tanto no pagar el aguinaldo como hacerlo después del 20 de diciembre.