Este sábado 25 de marzo en punto de las 16:00 horas la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que se activó la fase 1 de contingencia ambiental en toda la Zona Metropolitana del Valle de México, esto debido a que hay altas concentraciones de ozono.
Esto se debe a una alta radiación solar que prevalece todo el día y también a la estabilidad atmosférica, misma que es provocada por el sistema de alta presión, el cual se encuentra afectando desde ayer al centro del país y que se acrecentó en las últimas horas.
¿Cuáles serán los autos que no circularán este 26 de marzo?
Los siguientes autos deberás suspender su circulación en un horario de las 5:00 am a las 10:00 pm.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 5, 7 y 9.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00″, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2″.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
- Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas.
Las excepciones
- Los vehículos eléctricos e híbridos y los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
- Los vehículos que porten holograma “00″ o “0″ cualquiera que sea su uso, excepto los vehículos con engomado color rojo, terminación de placa 3 y 4.
- Los vehículos de uso particular destinados a circunstancias urgentes también pueden circular. Aplica para casos en que se usen para atender una emergencia médica.
- Todos los taxis pueden circular con normalidad solamente de cinco a diez de la mañana. Después de esa hora aplican las reglas anteriores.
- Los vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil y vigilancia ambiental.
- Vehículos destinados a servicios funerarios que tengan la verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que tengan el permiso correspondiente.
- Vehículos identificados con tarjeta de circulación para servicio público de pasajeros y turismo.
- Vehículos que transporten mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración.
- Todas las motocicletas.